Durante el curso, se nos había quedado pendiente hacer una breve reseña sobre la nueva Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que entró en vigor el 2 de marzo de 2023, de la cual cabe resaltar, la creación de nuevos colectivos prioritarios y la sustitución del SEPE por la nueva Agencia Española de Empleo.
La Ley de Empleo entró en vigor el 2 de marzo de 2023 y deroga el RDL 3/2015, de Empleo, excepto el capítulo II relativo al SEPE que se derogará con la entrada en funcionamiento de la Agencia Española de Empleo (AEE).
La Ley de Empleo busca mejorar las condiciones del mercado de trabajo y la igualdad entre hombres y mujeres, entre sus objetivos prioritarios.
Los objetivos son loables y la nueva estructura, un avance en la mejora de la empleabilidad siendo fundamental casar la formación y los puestos de trabajo que demandan las empresas siendo llamativo que estando aun en tasas de desempleo altas si comparamos con otros países de la Unión Europea, haya dificultad seria por parte de las empresas para cubrir puestos de trabajo mínimamente especializados.
Educación, formación, adaptación a las tecnologías debe ser no solo un derecho, sino un deber de todos, para optimizar la empleabilidad y las condiciones del mercado de trabajo.
Es positivo la búsqueda de la empleabilidad en colectivos vulnerables de atención primaria cuales son:
- Jóvenes especialmente con baja cualificación.
- Personas en desempleo de larga duración.
- Personas con discapacidad, con mayor dificultad para acceder al mercado de trabajo (personas con parálisis cerebral, trastorno de salud mental, discapacidad intelectual).
- Personas LGTBI
- Mayores de 45 años.
- Migrantes.
- Víctimas de trata.
- Mujeres con baja cualificación, mujeres víctimas de violencia de genero.
- Personas en situación de exclusión social.
- Personas gitanas u otros grupos de población étnico o religiosos.
- Personas provenientes de sectores en reestructuración.
- Drogodependientes y otras adicciones.
- Víctimas del terrorismo.
- Personas tuteladas por la Administración pública.
- Descendientes en primer grado de mujeres víctimas de violencia de genero.
- Personas con menores o mayores a su cargo.
La disminución de la brecha de género es otro de los objetivos de la Ley y de las políticas de Empleo.
La Ley de Empleo modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social tipificándose como conductas ilícitas, la discriminación para el acceso al empleo, la no comparecencia ante los Servicios públicos de empleo o agencias de colocación y el rechazo a una colocación adecuada o la negativa a participar en aquellas actividades para la mejora de la empleabilidad.
Otras normas modificadas por la Ley son la de derechos de las personas con discapacidad (Ley 6/2023, de 31 de marzo), la Ley general de la Seguridad Social, la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social eliminándose el proceso de oficio para determinar el carácter laboral de una relación jurídica (falso autónomo).
Por último, también se modifica el Estatuto de los Trabajadores en dos aspectos, (i) la inembargabilidad dl salario mínimo interprofesional (SMI) en su cuantía sea mensual o anual; (ii) modificación del artículo 51.2 del estatuto de los Trabajadores, introduciéndose nuevamente el control de la Inspección de Trabajo en los expedientes de extinción de contratos de trabajo (EREs), que deberá comprobar sobre la comunicación, periodo de consultas, concurrencia de causas, documentación justificativa de la causa alegada y que soporta el ERE.
Sevilla, 15 septiembre 2023